Politica

Jueza de Atlántida dispuso que continúan las medidas cautelares hacia el diputado Lereté

La exclusión del legislador a la víctima se redujo a 200 metros porque viven en diferentes ciudades. La defensa del acusado apeló el fallo.

Después de que el diputado por el Partido Nacional (PN) Alfonso Lereté fuera denunciado en Parque del Plata por una funcionaria de la Intendencia de Canelones (IC) que alegó que el legislador la habría agredido física y verbalmente, desde la Dirección de Género y Equidad de la institución se realizó otra denuncia y la Justicia determinó medidas cautelares (prohibición de acercamiento y comunicación). Este viernes, la jueza letrada de Atlántida, Soledad Nin Zaffaroni, dispuso que continúan las medidas cautelares hacia el diputado Lereté.

En la audiencia participaron tres testigos, así como también se dejó constancia «de que no se pudo visualizar el incidente denunciado, desprendiéndose de los últimos minutos de la asamblea un ambiente tenso de gritos y abucheos».

El fallo al que tuvo acceso Montevideo Portal sostiene que «por la doctrina» de que «la violencia basada en género es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres que se perpetúa por actitudes discriminatorias hacia las mujeres».

Además, aclara que «es cierto que existen dos versiones contradictorias del episodio» y «más allá» de «si el denunciado le tocó en el hombro» o «golpeó» a la denunciante, «lo cierto es que dicho incidente fue interpretado por la denunciante como discriminatorio y agresivo».

Por ende, en «base al principio de precaución corresponde mantener las medidas cautelares dispuestas».

Según explica el documento, el principio de precaución refiere que «no es necesario que se verifique un dato para que se adopten las medidas». Asimismo, de acuerdo con el art. 59 de la Ley 19.580 «los tribunales deben disponer medidas con la información provisoria allegada a la causa en forma inmediata». De este modo, que la protección sea «oportuna» implica que esta «llegue antes que se produzca el daño». Al mismo tiempo, el art. 45 de la misma ley marca que la «prioridad debe ser la protección integral de la dignidad humana y la seguridad de la víctima», continúa el texto.

Según dicta la resolución, las medidas cautelares adoptadas no perjudican al denunciado ni lo limitarán de su labor como legislador. La víctima reside en Atlántida mientras que el denunciado en Parque del Plata, por lo que «no tienen contacto entre sí». El radio de «exclusión se redujo a 200 metros». Y, además, se dejó expresa constancia de que el diputado podrá continuar con su actividad policita de recorrida en todo el departamento y en esas instancias se autorizó medida de no comunicación ni acercamiento sin radio de exclusión.

Bajo los artículos mencionados es que se mantendrán las «medidas cautelares oportunamente dispuestas». En tanto, queda «pendiente el informe de rigor y la audiencia evaluatoria convocada en autos», dice la resolución.

Por otro lado, la defensa de Lereté interpuso y fundamentó mediante el «recurso de resposición» y anunció que apelará el dictamen.

 

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