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Monopatines

Edil Desplast presentó propuesta regulatoria para la circulación

Un sistema de transporte cada vez más utilizado, no solo en Cerro Largo sino en todo el país, necesita de una reglamentación para una sana convivencia en el tránsito de las ciudades y pueblos.

Tiempo atrás, Washington Costa había planteado una inquietud sobre la proliferación de los denominados Monopatines o Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

El tema fue retomado en la última sesión ordinaria de la Junta por parte de Hugo Desplast.

“En la Comisión de Tránsito y Transporte recibimos en su momento a Barreto (Encargado de Tránsito de la Intendencia), estuvimos intercambiando palabras en donde uno de los integrantes de dicha área, Gerardo Ledesma, fue el constructor de esta propuesta que con algunas modificaciones y aporte que pude hacer en lo personal, elaboramos un proyecto de protocolo para este tipo de vehículos” explicó el Edil del Partido Nacional.

“El crecimiento sostenido del uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), tales como patinetas eléctricas, monociclos y dispositivos similares ha generado nuevos desafíos en materia de seguridad vial, convivencia con peatones y ordenamiento del tránsito urbano” comentó en relación a la introducción al proyecto.

“En Uruguay, la regulación de estos dispositivos se desarrolla bajo un modelo mixto con pautas generales acordadas a nivel nacional en el ámbito del Congreso de Intendentes mientras que la implementación de la normativa específica corresponde a cada Gobierno Departamental” expresó más adelante Desplast.

“En este contexto, diversas Intendencias del país, entre ellas Montevideo, Maldonado y San José han avanzado en reglamentaciones que establecen condiciones de circulación, requisitos de seguridad y responsabilidad para los usuarios de estos vehículos” informó.

“Ante el aumento de su utilización en la vía pública se considera oportuno establecer un protocolo orientativo que permita ordenar su circulación, mejorar la seguridad vial y generar un marco regulatorio claro tanto para los usuarios como para las autoridades de control” manifestó.

Dijo que se considera Vehículo de Movilidad Personal a todo aquel dispositivo de transporte individual propulsado por un motor eléctrico, diseñado para trasladar a una sola persona y cuya velocidad máxima no supere los 25 kilómetros por hora.

Quedan excluidos de esta categoría las bicicletas eléctricas y motocicletas eléctricas.

Esta propuesta de reglamentación establece como edad mínima para conducir los monopatines los 14 años. “Para conductores menores a los 18 años podrá requerirse autorización expresa del padre, madre o tutores legales” precisó Hugo Desplast.

Todo VMP que circule por la vía pública deberá contar con elementos de seguridad tales como casco protector obligatorio para el conductor, luz delantera y trasera, elementos refractantes visibles, sistema de frenos en correcto funcionamiento, señaleros y espejos. En horario nocturno se exigirá también chaleco refractivo.

Podrán circular por ciclovías, calles habilitadas para tránsito vehicular preferentemente próximos al cordón y zonas designadas por la autoridad competente.

“Queda prohibida la circulación en aceras o veredas, zonas exclusivamente peatonales salvo autorización expresa, rutas nacionales y sus accesos, y vías de alta velocidad” remarcó el Legislador Departamental del Partido Nacional.

Los conductores de estos vehículos deberán ceder siempre la preferencia a los peatones, manteniendo una conducción prudente y responsable.

El proyecto también establece límites de velocidad con un máximo de 25 kilómetros por hora en calles y entre 10 y 15 kilómetros en ciclovías.

“El crecimiento de los Vehículos de Movilidad Personal eléctricos representa una transformación en los sistemas de movilidad urbanas, ofreciendo alternativas de transporte ágiles y sostenibles. No obstante, su incorporación al sistema de tránsito requiere marcos regulatorios claros que garanticen la seguridad vial, el respeto a los peatones y el adecuado ordenamiento al espacio público” expresó Hugo Desplast.

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