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Elecciones Nacionales

Calendario electoral lo aprobó la Corte Electoral en acuerdo del 8 de julio

Está definido ya el Calendario Electoral que se deberá tener en cuenta para las próximas elecciones nacionales, a realizarse el domingo 27 de octubre, y eventual balotaje que tendrá lugar el domingo 24 de noviembre.

Este documento fue aprobado por la Corte Electoral en acuerdo celebrado el pasado lunes 8 de julio.

Entre otras disposiciones se establece que las Convenciones Nacionales de los diferentes Partidos Políticos deben reunirse antes del 31 de agosto para elegir sus candidatos a la Vicepresidencia de la República.

“El 13 de agosto vence el plazo para la rehabilitación de las personas inscriptas que se encuentran inhabilitadas ya sea por discapacidad o por estar procesadas. Sí no hicieron el trámite de rehabilitación hasta esa fecha van a seguir inhabilitados” sostuvo Carolina Estavillo.

“El 28 de agosto expira el plazo para que las Juntas Electorales propongan a la Corte Electoral los planes circuitales para las elecciones nacionales, plan circuital que sí llega a haber un eventual balotaje es el mismo con la misma cantidad de Comisiones Receptoras de Votos” manifestó la Jefa de la Oficina Electoral Departamental.

“También el 28 de agosto vence el plazo para los excluidos no votantes que votaron en estas elecciones internas los cuales se rehabilitan o los que hagan trámite hasta este momento de renovación porque el período Inscripcional está cerrado” señaló.

CONVENCIONES NACIONALES SE DEBE REUNIR ANTES DEL 31 DE AGOSTO

El 31 de agosto será el último día en que se podrán reunir las Convenciones Nacionales para elegir el candidato o la candidata a la Vicepresidencia de la República por los distintos Partidos Políticos.

“El 27 de setiembre tenemos varios vencimientos, entre ellos el plazo para el registro de las hojas de votación para las elecciones nacionales del 31 de octubre. También se inicia la publicidad electoral para los Partidos Políticos y entre otras cosas la Corte Electoral realiza la adjudicación previa de los representantes de cada departamento” puntualizó Estavillo. “La Corte 30 días antes de cada Elección Nacional determina la cantidad de Representantes que le corresponde a cada departamento” recordó. “Los que no lleguen a 2 Representantes la Corte les adjudica, según la Constitución, 2 Representantes. Luego de la elección, si corresponde por la cantidad de votos adjudicar más de 2 Representantes se determina por restos de cada Partido Político por departamento” explicó a EL PROFESIONAL Diario.

HOJAS DE VOTACIÓN PARA EL CUARTO SECRETO

Entre el 7 y el 14 de octubre en tanto vence el plazo para que las Agrupaciones y Partidos Políticos remitan a la Oficina Electoral de cada departamento las hojas de votación para depositar en el Cuarto Secreto. “Tienen un gramaje determinado y tienen que venir los sobres de manila con una hoja de votación pegada en el exterior y también determinando si es para la totalidad de los circuitos o para determinado número de circuitos” puntualizó la Jefa de la Oficina Electoral Departamental.

El 14 de octubre, es decir 13 días antes de la elección, vence el plazo para el reclamo del padrón. “Los ciudadanos que hicieron traslado que, en la pasada elección interna, por el cierre ficto del padrón, tuvieron que votar en la Serie anterior a veces no los incluyen en esta nueva elección por tanto los que no figuren en el padrón correspondiente puede hacer el reclamo hasta el 14 de octubre para que la Corte Electoral los ubique en el padrón correspondiente a su circuito” explicó Carolina Estavillo.

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