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¿En qué casos la Corte Electoral observará los votos el domingo en el referéndum?

El ministro de la Corte Electoral, José Garchitorena, explicó a Montevideo Portal quiénes pueden votar observado.

Previo a las elecciones de este domingo, donde se definirá si se mantienen o no los 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC), el ministro de la Corte Electoral, José Garchitorena, explicó a Montevideo Portal quién puede votar observado.

Los electores deben votar en el circuito que corresponda y tener en cuenta que deben votar dentro de su mismo departamento, el voto interdepartamental está obsoleto.

Pero existen excepciones. En primer lugar, para quienes trabajen en las mesas electorales: miembros, custodios y funcionarios de la Corte. En este caso, pueden votar en la mesa que se les asignó o en otra del mismo departamento.

 

También, pueden votar observado las personas con discapacidades motrices que les toque votar en un circuito no accesible; lo pueden hacer en otra mesa del departamento. En Uruguay existen 7 mil circuitos, y si bien no se sabe cuál es el porcentaje de cuántos son accesibles, el ministro de la Corte Electoral especificó que todos los departamentos tienen uno.

 

Otras personas que votan observado son los electores de circuitos rurales. Estos tienen el derecho a votar en otro circuito rural dentro de su departamento, en casos que no puedan concurrir al que les toca por padrón. Para que esto pase deben exhibir su credencial cívica rural.

Asimismo, cuando en una mesa se presenta una persona y en la mesa dudan sobre su identidad, debe sufragar observado. En estas instancias se verifican las huellas dactilares de la persona. Se da cuando la apariencia del votante difiere “completamente” de la foto de su credencial.

 

El escrutinio de los votos observados

Un voto observado puede ser simple o por identidad. En el primer caso se llena una hoja de identificación que va dentro del típico sobre amarillo de los votantes, y además, se agregan a otro sobre celeste que va con el nombre de la persona. Por otro lado, el voto observado por identidad cumple el mismo proceso, pero se le agrega la huella dactilar de la persona. Los votos observados no se escrutan en la noche de elecciones.

Cuando la mesa realiza el escrutinio primario, separa los votos observados y los envía a la Junta Electoral de cada departamento para que ahí se realice una previa verificación.

 

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