Fondo Lechero
Brindará asistencia no reembolsable a productores, se solicitará información a las industrias y a los productores potencialmente beneficiarios
Se aprobó la Ley N° 20.273 que habilita al Fondo Lechero (FFDSAL) a brindar una asistencia no reembolsable a los productores que hayan remitido hasta 1.095.000 litros en 2023, se encuentren activos al 24 de mayo de 2024 y que su principal ingreso sea el derivado de la remisión de leche.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) informó que para la instrumentación del Fondo se solicitará información a las industrias y a los productores potencialmente beneficiarios.
Como condición excluyente para recibir la asistencia, se requiere enviar a la oficina del Fondo Lechero (calle 19 de Abril N° 3482, Montevideo) el formulario de Declaración Jurada.
Aquí accede al formulario de declaración para productores – ley_20.273.pdf (www.gub.uy)
El formulario deberá tener todos los campos completos, estar debidamente firmado e incluir un timbre profesional de $ 240 (que en julio pasará a ser de $ 250).
Por consultas, dirigirse al WhatsApp 092.79.54.35 del Fondo Lechero o por el correo administracion@ffdsal.com