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Deforestación

La Comisión Europea propone postergar un año el reglamento

Se busca que los afectados o vinculados (Estados Miembros, los países socios exportadores, operadores y comerciantes) estén mejor preparados.

La Comisión Europea propuso postergar un año -hasta el 30 de diciembre de 2025- la puesta en marcha del Reglamento 1.115/2023 sobre productos libres de deforestación.

Uruguay había pedido a la Comisión Europea postergar la implementación del reglamento, y hizo junto a Argentina, Bolivia, Brasil, Chile y Paraguay a través del Consejo Agropecuario del Sur (CAS) cuando se reunió en Argentina.

Según versiones de prensa, la posición de la Comisión Europea es entendida como un triunfo del Mercosur.

La nueva posición de la Comisión Europa se conoció el 2 de octubre cuando publicó documentos sobre el tema y en uno de ellos plantea la postergación por 12 meses para que los afectados o vinculados (Estados Miembros, los países socios exportadores, operadores y comerciantes) estén mejor preparados.

Un informe de la Bolsa de Comercio de Rosario explica: “Esto también les permitiría que se establezcan plenamente los sistemas de debida diligencia necesarios para asegurar que todos los productos básicos y productos relevantes que estarán disponibles en el territorio de la UE cumplan las disposiciones del Reglamento”.

Extender el plazo “también permitirá una mayor cooperación con terceros países, cuando sea pertinente, varios de los cuales han expresado preocupaciones relacionadas con el corto plazo de implementación”.

“El plazo extendido también desplaza la fecha a partir de cuándo se aplicará la regulación sobre las pequeñas y medianas empresas al 30 de junio de 2026”, agrega.

Una cosa novaría y es que el 30 de diciembre próximo seguirá siendo la “fecha límite que tiene la Unión Europea para publicar mediante actos de ejecución la lista de países, o de parte de países, que presentan un riesgo bajo o alto de deforestación”.

La eventual postergación “no modifica ninguna norma sustantiva” que plantea la disposición 1.115/2023. El único objetivo es “conceder tiempo adicional necesario para que los operadores, comerciantes y autoridades competentes se preparen para cumplir con las obligaciones previstas”.

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